En este 2022 en ámbito Europeo y Español se están poniendo en marcha numerosas reformas y propuestas legislativas. ConBici está presentado alegaciones y formulado propuestas con el fin de mejorar los textos legales para facilitar y fomentar la movilidad activa. A continuación recopilamos las presentadas hasta el momento así como recogimos en los artículos del 2020 y del 2021
- Alegaciones de ConBici al Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario.
- Alegaciones al Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible. (3 documentos: comentarios, alegaciones y alegaciones conjuntas con las entidades ecologistas)
- Alegaciones al proyecto por el que se modifica la normativa legal y reglamentaria relativa a la responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/2015, del Sector Ferroviario.
Proponemos fortalecer la alianza entre el sector del ferrocarril y la movilidad en bicicleta, reforzando ambas para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, los acuerdos de reducción de emisiones de los acuerdos Fit For 55 y los objetivos de la Estrategia Estatal de la Bicicleta.

Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible.
Nuestro concepto de movilidad está centrada en las personas: Lo importante de la movilidad no es moverse, es llegar/acceder. Los medios para ello son la proximidad (planificación territorial), los diversos modos de transporte, las TIC (movilidad virtual), la organización empresarial (que reduzca viajes, distancias, riesgos…), el diseño urbano y vial, y una regulación del tráfico saludable.
Adjuntamos los tres documentos trabajados: Las alegaciones presentadas, nuestros propios comentarios y alegaciones conjuntas con las entidades ecologistas.

Normativa legal y reglamentaria relativa a la responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Nuestras alegaciones en apoyo a las presentadas desde la Mesa Española de la Bicicleta se centran en la propuesta de incluir a los “ciclos de pedales con pedaleo asistido” en la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. La obligatoriedad del seguro no es necesaria y os contamos porqué: