
Según Francisco Bastida, miembro del GT de Legislación de ConBici y Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, la multa se basa en la infracción del art. 82.2 del RGC, que dice «2. Por excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado, así como, en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que marchen por la zona central» (que se corresponde literalmente con el art. 33.2 de de la Ley de Tráfico).
El argumento central que usa el agente es que el adelantamiento se hace “sin espacio suficiente”. No se sanciona el hecho de adelantar por la derecha, ya que el precepto lo permite, pero en el boletín de denuncia, todo un prodigio gramatical y sintáctico, se afirma que “adelanta 15 vehículos por parte del arcén hay varios cruces”. Parece alertar de la gravedad de la acción al señalar que, sin espacio suficiente, adelanta a numerosos vehículos, nada menos que 15. No se sabe muy bien que quiere decir que “por parte del arcén hay varios cruces” y qué relevancia hay que darle a este dato.
Está claro que el precepto permite el adelantamiento por la derecha. También lo está que se refiere al adelantamiento a un vehículo o a varios que están en movimiento o parados, con intención en ambos casos de girar a la izquierda. Y también parece claro que se tiene que tratar de un adelantamiento por un vehículo que circula por la calzada, no por el arcén, ya que en el art. 82.4 se afirma que “En todos los casos en que el adelantamiento implique un desplazamiento lateral, deberá advertirse la maniobra mediante la correspondiente señal óptica a que se refiere el artículo 109”. Las bicicletas no llevan señales ópticas para desplazamiento lateral y, aunque las tuvieran, si el ciclista circula por el arcén, sería absurdo que indicase que va a desplazarse más a la derecha, porque a la derecha del arcén ya no hay vía; sólo quitamiedos u obra civil.
Que una bicicleta adelante a 15 coches sólo se explica en una situación de atasco y que el ciclista circule por un arcén, que en principio está libre de vehículos.
Por tanto, el requisito de que el adelantamiento se haga “si existe espacio suficiente para ello” se refiere no a quien circula por el arcén en bicicleta, sino a los vehículos a motor que precisan desplazarse de su trayectoria hacia la derecha invadiendo momentáneamente el extremo derecho de la calzada, posiblemente el arcén, lo que exige, además de que haya suficiente espacio, que la maniobra se realice “adoptando las máximas precauciones”.
Yendo por el arcén, el ciclista no necesita realizar un “desplazamiento lateral” para adelantar a los coches parados o en tráfico lento que están a su izquierda; simplemente proseguir su camino por el arcén. Si tenía espacio suficiente para circular por él, lo sigue teniendo para continuar por él. Sería absurdo que tuviese que detenerse en el arcén por el hecho de tener a su izquierda una hilera de coches parados. Tan absurdo como multar en vías de varios carriles a los coches que en un atasco y yendo por el carril de la derecha se mueven más rápido que los que van por el carril de su izquierda.
Sólo queda pensar que para el agente denunciador el arcén por el que circulaba el ciclista no era suficientemente ancho. El art. 36.1 del RGC obliga a los ciclistas a circular por el arcén si fuese “transitable y suficiente”. A la vista está que en el caso concreto denunciado el arcén era “transitable y suficiente”, pues el ciclista adelantó con facilidad a los coches parados y las fotos adjuntas demuestran que, aunque estrecho, es suficiente y está marcado como arcén.
Toda la vida reclamando los ciclistas arcenes practicables mientras los agentes de tráfico se dedican a multarlos por circular fuera del arcén sin atender al argumento de su mal estado, y ahora se multa por circular por un arcén estrecho; pero no por ser estrecho, sino porque no deja espacio suficiente para adelantar a los coches que van por la izquierda. Es el mundo al revés. Sólo falta que en el boletín de denuncia se diga que el ciclista no guardaba 1,5 metros con con la hilera de coches parados que tenía a su izquierda.
Por desgracia bastantes agentes de tráfico demuestran un desconocimiento de las normas de circulación aplicadas a las bicicletas (obsérvese incluso que el agente denunciante le pide el carnet de conducir y lo refleja en la denuncia), sino también una especial inquina contra los ciclistas. Falta educación vial también en algunos efectivos de la DGT.
GT de Legislación de ConBici
Cuando circulas correctamente por el arcén, donde la norma te obliga a ello, no es lógico ser sancionado por ello. La vía tiene un arcén suficiente y limpio para circular. En mi caso además pedaleaba despacio y con mucho cuidado buscando una fuente para rellenar bidones. El GC incluso me aconsejó adelantar por la izquierda mejor que circular por el arcén…cosa errónea y peligrosa para mí seguridad y la de los conductores de la vįa. Quizás antes de la sanción no tuviese tan claro la normativa de circulación q afecta a los ciclos, pero lo que sí tenía claro es la obligatoriedad de circular por el arcén. Cuando entrenas casi a diario intentas buscar vías lo más seguras posibles para evitar sustos. En este caso, no tengo otra opción para ir desde Madrid pedaleando a Arévalo. Las normas están para cumplirlas y que todos (conductores y ciclistas) seamos conscientes de los riesgos que corremos conduciendo y pedaleando e intentemos ser más sensatos en nuestras acciones.
La denuncia del agente deja claro que el motivo es circular por un arcén estrecho, no por la velocidad ni por las imprudencias que presuponen ni Pedro ni Luciano, que se declaran ciclistas, pero que enseguida tienden a culpabilizar al otro ciclista. ¿Acaso ellos conducirían temerariamente su bici en ese escenario?. Los mismos motivos tengo para creer al ciclista multado que a ellos. Y atendiendo al texto de la denuncia y al sentido común, me inclino a creer al ciclista multado, pues no sería normal que fuera a toda velocidad por el arcén en las condiciones descritas. Sencillamente iba por donde le indica la normativa, según el testimonio del agente que le denuncia.
Totalmente de acuerdo contigo Pedro lo que no entiendo como el catedratico Francisca bastida da esa visión desafortunada de algo que no ha visto pero que el interpreta a su manera. Me imagino que el ciclista…….. Pero caro es facil juzgar solo sabiendo una versión. Por cierto soy ciclists y conozco la zona y en esas fechas es un peligro andar en la bici y si le sumas que hacemos lo que que reomos para que mas y luego nos preguntsmos porque hay fallecidos. Parese a pensar Sr Francisco por favor parece mentira que sea catedratico.
Tengo que decir que como se nota que desconocen esa via por que concretamente esos dias de operacion salida esta totalmente colapsada la carretera y muchos turismos impacientes invaden arcen asi como los numerosos cruces que hay en la via y los ciclistas no respetan. Me refiero que cuando un vehiculo esta esperando para salir en un cruce y hay retencion ya no hay espacio para meterse. Y muchos ciclistas abusan bajando a gran velocidad y sin respetar cruces ni paspos de peatones. Solo digo que es facil saber una version pero yo soy ciclista desde hace 40 años y tengo claro como circular.